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Sentencia Civil Nº 361, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 722 de 13 de Octubre de 2000
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 13 de Octubre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 361
Resumen:
JUICIO DE MENOR CUANTÍA SOBRE RESPONSABILIDAD DECENAL.
El objeto del procedimiento de instancia consistió en la
acción de responsabilidad decenal que fue ejercitada por los demandantes
titulares de diversos pisos, los cuales accionan en nombre propio y en
beneficio de la comunidad de vecinos de dicho inmueble, a los efectos de
obtener un pronunciamiento judicial que condenase a la entidad promotora y
constructora del referido inmueble a ejecutar las reparaciones necesarias para
subsanar una serie de defectos constructivos. Contra la resolución de
instancia, que estima parcialmente la demanda, se ejercitan dos recursos, uno
por parte de la constructora y otro por parte de dos de los actores
propietarios de dos pisos.
En el recurso interpuesto por la constructora se solicita
que se la absuelva de la realización de determinadas reparaciones. Dicha
pretensión no puede ser estimada, puesto que los desperfectos aparecidos en los
pisos sobre los que se reclama tienen su causa en defectos de construcción.
Tampoco puede deducirse la exoneración de la responsabilidad reparadora de la
demandada en base a que los desperfectos aparecidos en los inmuebles se
consideren insignificantes.
Respecto al recurso interpuesto por los actores, cabe
hacer dos puntualizaciones: la primera de ellas es que la acción de
responsabilidad decenal deducida en juicio se fundamenta en un informe
extrajudicial de perito que tras la realización de ulteriores obras en los
inmuebles, se consideran desfasados; en segundo lugar es necesario tener en
cuenta que en la demanda lo único que se ejercitó fue una acción de
responsabilidad decenal por vicios constructivos, y no una acción de
cumplimiento contractual que sería la que permitiría entrar en el análisis de
la desviación entre las obras de ejecución pactadas en los distintos contratos
de compraventa y las realmente ejecutadas. Partiendo de estas consideraciones
se deben rechazar las reclamaciones individuales efectuadas por los apelantes
relativas a sus concretos pisos.
Fundamentos
CORUÑA N° 6.-
Rollo: MENOR CUANTIA 722 /2000
VTA.10-10-00.-
FECHA DE REPARTO: 4-4-00.-
SENTENCIA
Nº 361
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
AGUSTIN PÉREZ CRUZ MARTIN
En A CORUÑA, a trece de Octubre de dos mil .
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los se...
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