Sentencia Civil Nº 344/20...yo de 2005

Última revisión
13/05/2005

Sentencia Civil Nº 344/2005, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 4517/1998 de 13 de Mayo de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 13 de Mayo de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GULLON BALLESTEROS, ANTONIO

Nº de sentencia: 344/2005

Nº de recurso: 4517/1998

Núm. Cendoj: 28079110012005100343

Resumen
Desestimación de la casación instado por los demandados sobre precontrato con opción a compra. Decae la tesis de que el ejercicio de la opción por el recurrente perfeccionó el contrato de compraventa, sin perjuicio de la litis que hubiera sobre su precio, y ello porque el carácter determinable del precio hace que la opción de compra concedida al recurrente quede sujeta a la determinación por el tercero designado en el contrato. La concedente de la opción, entiende que la determinación del precio que debía realizar un profesional elegido por el recurrente no es válida, y ello es correcto. El art. 1447 del C. C. dice que cuando el tercero no quisiese o no pudiese fijar el precio, el contrato quedará ineficaz. Ambas partes han querido que la compraventa se perfeccione, determinado el precio, y esta Sala no puede imponer de oficio la aplicación del citado artículo ya que su materia no es de orden público.

Voces

Opción de compra

Voluntad unilateral

Derecho de opción

Falta de causa

Derechos reales

Contraprestación

Voluntad

Incongruencia omisiva

Juicio de cognición

Nulidad del contrato

Contrato de opción de compra

Reformatio in peius

Intereses legales

Interés legal del dinero

Inscripción en Registro de la Propiedad

Contrato de compraventa

Prueba pericial

Ineficacia de los contratos

Precontrato