Última revisión
15/02/2006
Sentencia Civil Nº 32/2006, Audiencia Provincial de Avila, Sección 1, Rec 24/2006 de 15 de Febrero de 2006
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 15 de Febrero de 2006
Tribunal: AP - Avila
Ponente: RODRIGUEZ DUPLA, MARIA JOSE
Nº de sentencia: 32/2006
Nº de recurso: 24/2006
Núm. Cendoj: 05019370012006100033
Núm. Ecli: ES:APAV:2006:33
Resumen
Se estiman en parte los recursos de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ávila, sobre liquidación de la sociedad legal de gananciales. Se califica de bien privativo la indemnización percibida por el marido por despido improcedente, vigente la sociedad de gananciales. Su naturaleza privativa o ganancial es objeto de discusión doctrinal, si bien el Tribunal Supremo, establece una diferenciación sustancial entre lo que es el trabajo y el beneficio o ganancia que éste produce, de manera que mientras aquél es un derecho privativo, éste es ganancial, de ahí que cuando aquel derecho se pierde por despido sin readmisión por parte de la empresa, la indemnización a percibir lo es en sustitución de aquel derecho "genuinamente" particular, consecuencia de lo cual será que ingrese en el mismo patrimonio privativo al que pertenecía el bien o derecho extinguido.
Voces
Inventarios
Sociedad de gananciales
Fondos de inversión
Vivienda conyugal
Bienes privativos
Bienes gananciales
Frutos
Valor actual
Suscripción de acciones
Separación judicial del matrimonio
Subrogación
Derecho de crédito
Liquidación sociedad gananciales
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