Sentencia Civil Nº 32/200...ro de 2006

Última revisión
15/02/2006

Sentencia Civil Nº 32/2006, Audiencia Provincial de Avila, Sección 1, Rec 24/2006 de 15 de Febrero de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 15 de Febrero de 2006

Tribunal: AP - Avila

Ponente: RODRIGUEZ DUPLA, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 32/2006

Nº de recurso: 24/2006

Núm. Cendoj: 05019370012006100033

Núm. Ecli: ES:APAV:2006:33

Resumen
Se estiman en parte los recursos de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ávila, sobre liquidación de la sociedad legal de gananciales. Se califica de bien privativo la indemnización percibida por el marido por despido improcedente, vigente la sociedad de gananciales. Su naturaleza privativa o ganancial es objeto de discusión doctrinal, si bien el Tribunal Supremo, establece una diferenciación sustancial entre lo que es el trabajo y el beneficio o ganancia que éste produce, de manera que mientras aquél es un derecho privativo, éste es ganancial, de ahí que cuando aquel derecho se pierde por despido sin readmisión por parte de la empresa, la indemnización a percibir lo es en sustitución de aquel derecho "genuinamente" particular, consecuencia de lo cual será que ingrese en el mismo patrimonio privativo al que pertenecía el bien o derecho extinguido.

Voces

Inventarios

Sociedad de gananciales

Fondos de inversión

Vivienda conyugal

Bienes privativos

Bienes gananciales

Frutos

Valor actual

Suscripción de acciones

Separación judicial del matrimonio

Subrogación

Derecho de crédito

Liquidación sociedad gananciales

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