Sentencia Civil Nº 31, Au...zo de 1998

Última revisión
03/03/1998

Sentencia Civil Nº 31, Audiencia Provincial de Pontevedra, de 03 de Marzo de 1998

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 03 de Marzo de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR

Nº de sentencia: 31

Resumen
SENTENCIA DE PENAL     Los hechos son legalmente constitutivos del delito previsto en el articulo 568 del Código Penal. Pese a las respuestas evasivas del acusado, no cabe duda de que el acusado, por su experiencia profesional, conocía la necesidad de autorización y, en consecuencia, la  solicitud de la tenencia de los explosivos. Una figura pena de igual factura que el delito de tenencia ilícita de armas. Basta la mera posesión ilícita para que el delito esté consumado. Es, por lo demás, un tipo formal, de mera actividad. Del delito expresado es autor el acusado por su participación voluntaria, material y directa en los hechos que se han dejado descritos (arts.27 y 28 del Código Penal).

Voces

Responsabilidad

Posesión ilícita

Comercialización

Cumplimiento de la sentencia

Fundamentos

 

AUDIENCIA PROVINCIAL  04,1142

SECCION PRIMERA PONTEVEDRA

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por Don LUCIANO VARELA CASTRO, Presidente, Don JUAN

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