Sentencia Civil Nº 3, Aud...ro de 1998

Última revisión
14/01/1998

Sentencia Civil Nº 3, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2861/97 de 14 de Enero de 1998

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Orden: Civil

Fecha: 14 de Enero de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: PEREZ PENA, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 3

Resumen
Se alza el demandante contra la sentencia dictada por el Juez de primera instancia la que desestima las pretensiones deducidas en la demanda con la consiguiente absolución de los demandados; en base a que han quedado suficientemente probados tanto la realidad del daño causado, el nexo de unión entre la conducta negligente y el daño ocasionado, y la conducta imprudente o negligente por parte del demandado, aún cuando respecto a este último requisito reconoce el propio apelante parece haber discrepancias, siendo la concurrencia de los mismos la que determina la exigencia a los demandados de la responsabilidad que se le demanda. La cuestión planteada en el presente juicio debe resolverse al amparo del artículo 1.214 del C.Civil, conforme al cual al actor incumbe la prueba de los hechos que sean fundamento de su demanda _la actora incumbit probatio_ sea cualquiera la naturaleza positiva o negativa de los mismos, y el demandado que oponga excepciones ha de probar los hechos _ reus in excipiendo fit actor'' y si bien es cierto que se ha dado mayor flexibilidad a este principio por la doctrina y jurisprudencia, precisando su alcance, no se apartan del concepto legal, en el sentido de atribuir al actor la obligación de probar los hechos normalmente constitutivos del derecho que se reclama, y al demandado la de los hechos impeditivos, por oponerse a la constitución válida del derecho, y los extintivos. Por tanto es principio indiscutible en materia de regulación probatoria que quién en juicio pretende hacer valer sus derechos debe, probar los hechos que constituyen su fundamento, pero también es que cuando el demandado opone hechos con los que intenta hacer valer ineficaz la acción ejercitada por el actor, debe probar la realidad de aquellos hechos impeditivos u optativos que dificultan que los fundamentos de la acción produzcan los efectos que le son propios, con lo cual queda repartida la carga de la prueba. Se desestima el recurso.

Voces

Accidente

Rebeldía

Sociedad de responsabilidad limitada

Responsabilidad

Carga de la prueba

Práctica de la prueba

Informes periciales

Fundamentos

JUZGADO: DE lª INSTANCIA No 1 DE PADRON

ROLLO: No 2861/97

NUMERO 3

La Coruña, a catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho.

LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA

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