Sentencia CIVIL Nº 293/20...ro de 2019

Última revisión
17/09/2017

Sentencia CIVIL Nº 293/2019, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 4, Rec 207/2018 de 22 de Febrero de 2019

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Orden: Civil

Fecha: 22 de Febrero de 2019

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: GUTIERREZ GEGUNDEZ, ANA ISABEL

Nº de sentencia: 293/2019

Núm. Cendoj: 48020370042019100171

Núm. Ecli: ES:APBI:2019:492

Núm. Roj: SAP BI 492/2019

Resumen:
PRIMERO.- Insta la representación de los Srs. Don Eugenio y Doña Tomasa mediante la interposición del recurso de apelación la revocación de la sentencia recurrida en el pronunciamiento relativo a las costas instando la imposición de costas a la parte demandada hoy apelada. En justificación de tal petición y en motivación del recurso señalaba: 1) Respecto del requerimiento previo fehaciente ex art. 395 de la LEC expresaba como la parte hoy apelante remitió con fecha 22 de Junio de 2017 burofax certificación otorgando un plazo de 8 días naturales para atender su pretensión y evitar el procedimiento. En ningún caso se decidió tramitar dicho requerimiento a través del mecanismo mencionado dirigiendo el escrito directamente a los servicios jurídicos de la entidad bancaria. En requerimiento no se dirige al Servicio de Atención al cliente ya que se manifestó en diversas ocasiones la incompetencia de dicho departamento, señalando que dicha normativa tampoco vincula a los consumidores. En ningún momento se solicita tramitar el procedimiento a través del mecanismo R.DL 1/2017. 2) Señalaba la inaplicabilidad del mencionado RDL 1/2017 argumentando que Laboral Kutxa ha obviado en todo momento la voluntariedad que debe tener el consumidor en la determinación del citado procedimiento apostillando igualmente que la citada entidad no ha hecho mención al citado procedimiento hasta que el cliente no ha interpuesto la demanda. No se ha informado de manera previa de la existencia de dicho procedimiento. Ahondaba en la voluntariedad que caracteriza el procedimiento significado en el RDL 1/2017. 3) Como tercer motivo del recurso señalaba que el citado real decreto vulnera el principio de jerarquía normativa y su constitucionalidad esta siendo cuestionada. 4) Situación de rebeldía procesal de Laboral Kutxa y la forma de allanarse y en ello señalaba que por Laboral Kutxa se solicitó la suspensión del procedimiento en base a la ya tan mencionada normativa, se dicta providencia acordando la no suspensión del procedimiento.

Encabezamiento


AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA
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TEL. : 94-4016665 Fax/ Faxa : 94-4016992
NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-17/018323
NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.42.1-2017/0018323
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