Sentencia CIVIL Nº 280/20...re de 2021

Última revisión
05/05/2022

Sentencia CIVIL Nº 280/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 5, Rec 312/2020 de 11 de Noviembre de 2021

Tiempo de lectura: 33 min

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Orden: Civil

Fecha: 11 de Noviembre de 2021

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: HUERTA SANCHEZ, MARIA ELISABETH

Nº de sentencia: 280/2021

Núm. Cendoj: 48020370052021100275

Núm. Ecli: ES:APBI:2021:3144

Núm. Roj: SAP BI 3144:2021

Resumen
PRIMERO.- La representación del BANCO SANTANDER S.A. apela la sentencia dictada en primera instancia y solicita su revocación en el sentido de que se desestime la demanda interpuesta y se impongan las costas de ambas instancias al demandante, aduciendo en defensa de esta petición, que la acción de anulabilidad ex artículo 38 y 124 LMV extracontractual no resultan de aplicación al presente supuesto, debiendo aplicarse la Ley 11/2015 de 8 de junio, de recuperación y resolución de cantidades de crédito y empresas de servicios de inversión por ser una norma especial y así se han pronunciado diversas Audiencias de Asturias, Cantabria, Baleares, Madrid y Cádiz, además no se ha aportado informe pericial que pruebe la supuesta incorrección de las cuentas de la Entidad, prueba que correspondía a la actora, y la información en relación con la adquisión de acciones del Banco Popular S.A. fue correcta y veraz, siendo la información sobre los riesgos asociados a la inversión en acciones que se expuso en el folleto informativo adecuada y completa, las cuentas de la ampliación de capital fueron auditadas por PWC y la ampliación de capital del Banco Popular estuvo supervisada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, siendo veraz la información financiera dispuesta para la ampliación de capital de 2016 y tras dicha ampliación, el Banco Popular actuó en todo momento con transparencia, comunicando a sus accionistas y al resto del mercado la información que se iba sucediendo sobre su situación financiera y si el Banco Popular fue declarado inviable tras constatar su falta de liquidez, ello fue debido a las retiradas masivas de depósitos en los días previos a la resolución, y son muchas las resoluciones que han establecido que no pesaba sobre la demandada la carga de probar que la información facilitada por el Banco Popular era veraz, sino que pesaba sobre la parte actora la carga de probar que esa información era falsa,, el Banco Popular fue solvente en todo momento y la causa de la resolución del mism

Voces

Prejudicialidad

Comisión Nacional del Mercado de Valores

Carga de la prueba

Sentencia firme

Inversor

Accionista

Cláusula suelo

Consejo de administración

Suscripción de acciones

Derecho a la tutela judicial efectiva

Acciones del banco

Medios de prueba

Acción de anulabilidad

Informes periciales

Empresas de servicios de inversión

Mercado de Valores

Rentabilidad

Causa petendi

Incumplimiento de las obligaciones

Banco de España

Patrimonio neto

Morosidad

Cotización en bolsa

Estabilidad financiera

Declaración de concurso

Seguridad jurídica

Tutela

Valor nominal

Concurso necesario

Documento falso

Entidades financieras

Prejudicialidad civil

Litispendencia

Vicios del consentimiento

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA. SECCIÓN QUINTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA. BOSGARREN ATALA

BARROETA ALDAMAR, 10-3ª planta - C.P./PK: 48001

TEL.: 94-4016666 Fax/ Faxa: 94-4016992

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