Sentencia Civil Nº 278/20...yo de 2006

Última revisión
23/05/2006

Sentencia Civil Nº 278/2006, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 172/2006 de 23 de Mayo de 2006

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 23 de Mayo de 2006

Tribunal: AP Zaragoza

Ponente: ARQUE BESCOS, JULIAN CARLOS

Nº de sentencia: 278/2006

Núm. Cendoj: 50297370022006100191

Resumen
Considera la Sala que existiendo un contrato suscrito entre las partes habrá de estarse al mismo para comprobar si se ha pactado el cobro de las comisiones litigiosas, debiéndose haber indicado en el mismo cuando menos una referencia para poderse cuantificar en su momento y no sorprender al cliente a través de las liquidaciones practicadas. Respecto al consentimiento del actor (actos propios) , debe tenerse en cuenta que los propios actos necesitan para su aplicación la observancia de un comportamiento con plena consecuencia de crear, modificar, extinguir o esclarecer una determinada relación jurídica actuación que debe ser concluyente, indubitada e inequívoca.

Voces

Actividad bancaria

Banco de España

Entidades financieras

Buena fe

Comisión de devolución

Cobro de comisión

Relación jurídica

Voluntad unilateral

Doctrina de los actos propios

Morosidad

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00278/2006

SENTENCIA NÚMERO: 266/06

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO …

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