Sentencia Civil Nº 252/20...re de 2011

Última revisión
07/12/2011

Sentencia Civil Nº 252/2011, Audiencia Provincial de Guadalajara, Sección 1, Rec 261/2011 de 07 de Diciembre de 2011

Tiempo de lectura: 17 min

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Diciembre de 2011

Tribunal: AP - Guadalajara

Ponente: REGALADO VALDES, MANUEL EDUARDO

Nº de sentencia: 252/2011

Núm. Cendoj: 19130370012011100449

Núm. Ecli: ES:APGU:2011:441

Resumen:
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- No se ha acreditado que lo facturado por trabajos extras sobre lo convenido contractualmetne, hubiera merecido la aprobación previa de la parte demandada.- Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra Sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de 1ª Instancia de Guadalajara, sobre reclamación de cantidad.La Sala declara que si bien es cierto que el jefe de obra de la parte demandada que depuso en el juicio a petición de la parte actora, afirma que las unidades de limpieza de las que se hace cuestión responden a los conceptos que en la factura se expresan y, por consiguiente, -sigue diciendo- son ajenas a la limpieza de los "tajos" de obra expresamente incluidos en el precio pactado en el contrato, ello no faculta a la demandante para reclamarlos sin previamente obtener la conformidad del dueño de la obra.Lo pactado fue que la limpieza de las diferentes partes de la obra se encontraba incluida en el precio correspondiente a cada una. Esto es, la contrata estaba obligada a entregar la obra en perfectas condiciones de limpieza. Si lo que ahora se pretende es además el cobro de otras partidas que según la demanda corresponden a "demasías", resultaba imprescindible que previamente hubiera obtenido la conformidad del dueño de la obra evidenciando así el acuerdo de la propiedad con el carácter "extra pactum" del trabajo y con el precio del mismo, conformidad que según sostiene el arquitecto técnico en el acto del juicio, no fue obtenida en ningún momento, máxime, cuando se reclama la nada despreciable cantidad de 20.556 euros.

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00252/2011

PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Tfno.: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 261/11

Procedimiento de Origen: ORDINARIO 261/05

Órgano de origen: 1ª INSTANCIA Nº 1 DE GUADALAJARA

APELANTE: PROYECTOS SILCAS S.L.

Procurador: PILAR DEL OLMO ANTORANZ

Abogado: BEGOÑA CASTELLANO ESCOBAR

APELADO: PROMOCIONES SIERRA SUR DE M...

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