Última revisión
24/06/2005
Sentencia Civil Nº 235/2005, Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 4, Rec 938/2005 de 24 de Junio de 2005
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 24 de Junio de 2005
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 235/2005
Nº de recurso: 938/2005
Núm. Cendoj: 15030370042005100268
Núm. Ecli: ES:APC:2005:650
Núm. Roj: SAP C 650/2005
Resumen
Se desestima el recurso de apelación contra el Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de A Coruña, sobre solicitud de admisión de procedimiento monitorio. Se inadmite a trámite la petición inicial de procedimiento monitorio presentado en nombre de la entidad bancaria por una persona que no es su represantante legal sino su apoderado, por falta de subsanación del defecto de representación procesal, ya que solamente pueden comparecer sus administradores, en cuanto órganos de la misma que no se distinguen jurídicamente de ella, o procurador legalmente habilitado. Asimismo, la tesis de la falta de oportunidad de subsanación de defectos procesales, no es extrapolable, ya que el recurrente pretende obviar conscientemente, los requisitos generales de postulación procesal, sin que ninguna indefensión sufra, puesto que nada le impide volver a formular su petición en legal forma.
Voces
Persona jurídica
Persona física
Representación legal
Capacidad procesal
Representación procesal
Incapacidad para ser parte
Poder de representación
Relación jurídica
Órganos sociales
Comparecencia en juicio
Juicio de cognición
Factor mercantil
Procesal Civil
Defectos de los actos procesales
Indefensión
Postulación de las partes
Representación voluntaria
Ver el documento "Sentencia Civil Nº 235/2005, Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 4, Rec 938/2005 de 24 de Junio de 2005"
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