Sentencia Civil Nº 228/20...re de 2005

Última revisión
03/11/2005

Sentencia Civil Nº 228/2005, Audiencia Provincial de Avila, Sección 1, Rec 273/2005 de 03 de Noviembre de 2005

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Civil

Fecha: 03 de Noviembre de 2005

Tribunal: AP - Avila

Ponente: CALLEJO SANCHEZ, MIGUEL ANGEL

Nº de sentencia: 228/2005

Nº de recurso: 273/2005

Núm. Cendoj: 05019370012005100264

Núm. Ecli: ES:APAV:2005:311

Núm. Roj: SAP AV 311/2005

Resumen
La Audiencia Provincial de Ávila estima parcialmente el recurso de apelación del demandante sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que no ha existido un incumplimiento por parte de los contratistas que les haga merecedor de una sanción, independientemente del pago de cantidades que adeuden al actor, añadiendo la Sala que es de aplicación el art.1544 del Código Civil que establece que en el arrendamiento de obras o servicios, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o prestar un servicio por precio cierto, concluyendo la Sala que en este caso se ha ejecutado parte de una vivienda, por lo que, de conformidad con los informes de la dirección de obra, se ha calculado el importe económico a percibir por los constructores.

Voces

Constructor

Demanda reconvencional

Muros

Director de obra

Arquitecto técnico

Ejecución de sentencia

Ejecución de la sentencia

Defecto de construcción

Ejecuciones de obras

Electricidad

Goteras

Terrazas

Humedades

Medianería

Empresas constructoras

Trastero

Práctica de la prueba

Obras de reparación

Informes periciales

Interés legal del dinero

Reclamación de cantidad

Arrendamiento de obra

Precio cierto

Intereses legales