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Sentencia Civil Nº 220, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2086 de 13 de Junio de 2000
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Orden: Civil
Fecha: 13 de Junio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 220
Resumen
JUICIO DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO.
Dados los términos del presente pleito, todo se reduce a
determinar si el inquilino ha probado haber comunicado a la arrendadora dentro
de los 30 días siguientes al requerimiento de actualización de la renta que
ésta le hizo, su oposición a tal actualización, porque, como bien se sostiene
en el recurso, en caso negativo,es decir, la no oposición supone legalmente su
conformidad tácita y la consecuente eficacia de la subida o revisión de la
renta, cuyo impago legitimaría a la parte arrendadora para la resolución del
contrato y desahucio. Pero caso de oposición seria y expresa o formal, como
ocurre en el presente caso, no es el juicio de desahucio por falta de pago el
mecanismo para decidir judicialmente si la actualización es o no procedente en
Derecho sino la señalada por el juzgador de instancia, esto es, el juicio
verbal del art. 39.4 de la nueva LAU.
Voces
Desahucio
Arrendatario
Arrendador
Desahucio por falta de pago
Actualización de la renta
Arrendamientos urbanos
Heredero forzoso
Resolución de los contratos
Fundamentos
SANTIAGO N° 5.-
Rollo: JUICIO VERBAL 2086 /1999
FECHA DE REPARTO: 6-9-99.-
SENTENCIA Nº 220
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
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