Última revisión
Sentencia Civil Nº 211, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1387 de 08 de Mayo de 2001
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Civil
Fecha: 08 de Mayo de 2001
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 211
Resumen:
En el documento de 21 de noviembre de 1997, a virtud del
cual COR da "por concluida la relación" con su agente sin
exclusividad en la zona de Galicia, se aduce causalmente el "supuesto
previsto en el artículo 26.1 a) de la Ley 12/92" en conexión fáctica con
la puesta en circulación de recibos emitidos contra COR por CIG "sin
responder a operación alguna", lo que, a juicio de la demandada determinó
un "evidente perjuicio para esta empresa y desde luego resulta contraria a
la obligación de actuar lealmente y de buena fe, que exige al agente la citada
Ley", y, sin mayor explicación se menciona también "un incumplimiento
de las obligaciones contempladas en los apartados a), b) y c) del artículo 9.2
de esa Ley", lo que, en fase de contestación tampoco se explícita. Ni que
decir tiene que COR reconoce el montante de comisiones y no invoca detrimento
patrimonial o crédito a su favor como consecuencia de la circulación de los
repetidos recibos; a subrayar que ya en 1 de diciembre de 1997 disponía de
nuevo representante zonal y que a la clientela remitió cartas en tono
laudatorio para CIG. Esa categoría genérica, pórtico del art. 9 de la Ley
12/92, entronca con principios prístinos del Derecho Civil. Es inconsistente el
argumento construido en la "imagen" de COR para la Caja General de
Ahorros en Osuna habida cuenta el importe de los recibos, el tráfico económico
de la demandada y su prestigio en el sector industrial, no viéndose cómo puede
atacarla el "ruego no sean atendidos a su vencimiento" .
Se estima el recurso.
Fundamentos
Rollo: RECURSO DE APELACION 1387/2000
N U M E R O 211
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por los Ilustrísimos Señores DON ANGEL MARIA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, DON MIGUEL HERRERO DE PADURA, DON DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARIA, Magistrados,
EN NOMBRE DEL REY
ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A
En a Coruña a ocho de mayo de dos mil uno.
E...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 jurisprudencia
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder