Sentencia Civil Nº 211, A...yo de 2001

Última revisión
08/05/2001

Sentencia Civil Nº 211, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1387 de 08 de Mayo de 2001

Tiempo de lectura: 9 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 08 de Mayo de 2001

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA

Nº de sentencia: 211

Resumen:
En el documento de 21 de noviembre de 1997, a virtud del cual COR da "por concluida la relación" con su agente sin exclusividad en la zona de Galicia, se aduce causalmente el "supuesto previsto en el artículo 26.1 a) de la Ley 12/92" en conexión fáctica con la puesta en circulación de recibos emitidos contra COR por CIG "sin responder a operación alguna", lo que, a juicio de la demandada determinó un "evidente perjuicio para esta empresa y desde luego resulta contraria a la obligación de actuar lealmente y de buena fe, que exige al agente la citada Ley", y, sin mayor explicación se menciona también "un incumplimiento de las obligaciones contempladas en los apartados a), b) y c) del artículo 9.2 de esa Ley", lo que, en fase de contestación tampoco se explícita. Ni que decir tiene que COR reconoce el montante de comisiones y no invoca detrimento patrimonial o crédito a su favor como consecuencia de la circulación de los repetidos recibos; a subrayar que ya en 1 de diciembre de 1997 disponía de nuevo representante zonal y que a la clientela remitió cartas en tono laudatorio para CIG. Esa categoría genérica, pórtico del art. 9 de la Ley 12/92, entronca con principios prístinos del Derecho Civil. Es inconsistente el argumento construido en la "imagen" de COR para la Caja General de Ahorros en Osuna  habida cuenta el importe de los recibos, el tráfico económico de la demandada y su prestigio en el sector industrial, no viéndose cómo puede atacarla el "ruego no sean atendidos a su vencimiento" . Se estima el recurso.

Fundamentos

Rollo: RECURSO DE APELACION 1387/2000

 

N U M E R O 211

 

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por los Ilustrísimos Señores DON ANGEL MARIA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, DON MIGUEL HERRERO DE PADURA, DON DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARIA, Magistrados,

 

EN NOMBRE DEL REY

 

ha pronunciado la siguiente:

 

S E N T E N C I A

 

En a Coruña a ocho de mayo de dos mil uno.

 

E...

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