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Sentencia Civil Nº 21/2007, Audiencia Provincial de Cadiz, Sección 5, Rec 414/2006 de 19 de Enero de 2007
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Orden: Civil
Fecha: 19 de Enero de 2007
Tribunal: AP - Cadiz
Ponente: ERCILLA LABARTA, CARLOS
Nº de sentencia: 21/2007
Núm. Cendoj: 11012370052007100020
Núm. Ecli: ES:APCA:2007:73
Resumen
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jerez de la Frontera, sobre régimen de visitas. Se considera después del divorcio, la solicitud de que el padre, durante los periodos vacacionales que pretenda sacar a su hijo menor de España, deba avisar a la madre con siete dias de antelación. Asimismo, la comunicación a la misma sobre cualquier otra circunstancia que concurra. Esto debería resultar normal en los casos de patria potestad compartida, no obstante, habiendo sido solicitado expresamente y no siendo una pretensión extraña, procede admitir la misma, completando en dicho sentido la resolución recurrida.
Voces
Estancia
Período vacacional
Desarrollo del menor
Divorcio
Establecimiento del régimen de visitas
Patria potestad compartida
Régimen de visitas
Hijo menor
Encabezamiento
3
- -
S E N T E N C I A nº: 414/06
Ilmos. Sres.
Presidente
D. CARLOS ERCILLA LABARTA
Magistrados
D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO
D. RAMON ROMERO NAVARRO
JUZGADO: Jerez Fra. nº 1
Juicio …
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