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Sentencia Civil Nº 203/2005, Audiencia Provincial de Alicante, Sección 4, Rec 399/2004 de 03 de Junio de 2005
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Orden: Civil
Fecha: 03 de Junio de 2005
Tribunal: AP Alicante
Ponente: MARTINEZ ATIENZA, MARIA AMOR
Nº de sentencia: 203/2005
Núm. Cendoj: 03014370042005100187
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Novelda, sobre obligación de pago. Determina el Tribunal que la parte deudora no acredita como medio de oposición a la ejecución la existencia de pacto o promesa de no pedir. Y además, el hecho de que el momento elegido por la entidad acreedora a fin de ejercitar las facultades otorgadas en el contrato de vencimiento anticipado del préstamo a los efectos de su reclamación vía ejecutiva ( por descubierto en cuatro de las cuotas pactadas) coincida con el planteamiento del presente proceso ejecutivo, implica, necesariamente, y sin más, la existencia de acuerdo alguno susceptible de integrar pacto o promesa de no pedir o, en su caso, novación alguna de obligaciones asumidas en el marco del contrato base de la ejecución en su día despachada.
Voces
Juicio ejecutivo
Impugnación de la sentencia
Carga de la prueba
Aplazamiento del pago
Novación
Oposición a la ejecución
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Alicante. Sección Cuarta. Rollo 399/2004.-
Ilmo. Sr. D. Federico Rodríguez Mira.
Ilmo. Sr. D. Manuel B. Flórez Menéndez.
Ilma. Sra. Dª Mª Amor Martínez Atienza.
En …
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