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Sentencia Civil Nº 201, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2087/98 de 22 de Abril de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 22 de Abril de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: LOJO ALLER, JUAN MANUEL
Nº de sentencia: 201
Resumen
Juicio DESAHUCIO. Por la confesión del demandado ha
quedado acreditado, que con motivo de la nueva LAU en 1996, el actor, como
arrendador le comunicó la actualización de las rentas por un importe de 34.985
pesetas mensuales la cual aceptó y procedió a su abono desde Septiembre de
1996, y que en Julio de 1997 por el mismo arrendador se le comunicó por carta
certificada de 1 de julio de 1996 el nuevo porcentaje de actualización,
resultando una renta de 43.343 pesetas mensuales. Al no constar que el demandado
en su calidad de inquilino se opusiese a tales actualizaciones, mediante la
comunicación fehaciente a la que se refiere la Disposición Transitoria Segunda
D) 1-1-6ª y dentro de los 30 días siguientes a dicha comunicación, deben
estimarse como correctas, legalmente, las rentas sobre cuya base se solicita su
desahucio por falta de pago. El demandado no ha acreditado claramente con su
actividad probatoria, el haber abonado las rentas mensuales o partes de las
mismas que se le reclaman. Por otra parte, ha admitido al absolver posiciones
adeudar las cuotas del Impuesto de Bienes Inmuebles de 1996, por 14.569 pesetas
y los gastos de recogida de basuras de 1995 y 1996; conceptos estos que le
pueden ser reclamados, a tenor de lo establecido en la Disposición Transitoria
Segunda, apartado C), puntos 10_2 y 10_5 respectivamente de la actual LAU.
Se desestima el recurso.
Voces
Desahucio
Arrendador
Acción de desahucio
Arrendatario
Desahucio por falta de pago
Bienes inmuebles
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
PONTEVEDRA
APELACION CIVIL
Rollo : 2087/98
Asunto : DESAHUCIO FALTA DE PAGO
Número : 0882/97
Procedencia : JDO.PRIMERA INSTANCIA VIGO_L
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