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Sentencia Civil Nº 2/1998, Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, Rec 181/1997 de 08 de Enero de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 08 de Enero de 1998
Tribunal: AP - Soria
Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, MARIA DEL CARMEN
Nº de sentencia: 2/1998
Núm. Cendoj: 42173370011998100194
Núm. Ecli: ES:APSO:1998:4
Resumen
Se desestima la impugnación de la tasación de costas practicada por el Sr. Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Soria. En este tipo de procedimientos la intervención de Procurador se configura como facultativa, requiriéndose únicamente un domicilio a efectos de notificaciones. Pero la L.E.C. permite la inclusión en la tasación de costas, los derechos de la Procuradora cuando su intervención no sea preceptiva, si la residencia habitual de la parte representada sea distinta del lugar en que se tramita el juicio. En nada afecta a esta situación el que se le entregara personalmente en la Secretaría del Juzgado una cédula para comparecencia, puesto que su domicilio para notificaciones es el de su Procuradora, dado que no reside en la localidad donde tiene su sede el Juzgado.
Voces
Tasación de costas
Impugnación de la tasación de costas
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA
Sección Civil
Rollo de Sala 181/97
(Incidente del R°. 71/97 dimanante del j verbal 147/96)
Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Soria
Ilmos. Sres.
PRESID…
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