Sentencia Civil Nº 182, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2058/98 de 26 de Marzo de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 26 de Marzo de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 182
Resumen
La demanda contiene tres peticiones concretas: a)
retirada de la tubería a través de lo que el actor considera terreno de su
propiedad, con restitución del camino de servidumbre; b)reparar daños en los
desagües y fosa séptica y tuberías subterráneas del actor; c) indemnizar dalos
causados en la finca del actor. Sobre tales pretensiones se pronuncia el
demandado (hecho quinto de la contestación a la demanda). Pues bien, es claro
que tales peticiones han quedado sin respuesta en la sentencia de instancia, entendiéndose
solo resuelta la del apartado a), lo que supone no solo el incumplimiento del
mandato del arriba citado articulo 359 de la LEC, sino también al lneración
del derecho de tutela judicial efectiva. Efectivamente, es doctrina constante y
reiterada del Tribunal Constitucional que el derecho fundamental a la tutela
judicial obliga a resolver las pretensiones de las partes de manera congruente
con los términos en que vengan planteados, de tal modo que el incumplimiento de
dicha obligación constituye una lesión de aquel derecho fundamental (SSTC
14/84, 177/85, 142/87, 69/92 y 88/92, entre otras).Más recientemente se insiste
en la misma doctrina en la STC 22/1998 cuando se recuerda que es doctrina del
Tribunal Constitucional que la incongruencia por defecto u omisiva de las
resoluciones judiciales que consiste en la falta de respuesta a las
pretensiones de las partes, aunque por extensión también está relacionada con
el derecho a una motivación razonada y suficiente de dichas resoluciones, puede
suponer una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que garantiza
el articulo 24.1 de la Constitución Española, por cuanto entre las exigencias
del derecho a la tutela judicial se encuentra la de dar una respuesta motivada
y fundada de las cuestiones suscitadas por las partes a lo largo del proceso, y
cuando dicha respuesta no se produce puede provocarse la indefensión de la
parte afectada.
Voces
Servidumbre
Excepción de cosa juzgada
Derecho a la tutela judicial efectiva
Tutela
Indefensión
Fondo del asunto
Acumulación de acciones
Predio
Mandato
Acción aquiliana
Acción negatoria de servidumbre
Vicio de incongruencia
Incongruencia omisiva
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA PONTEVEDRA
Rollo Civil : 2058/98
P.Civil : 0794197
Tipo Asunto : VERBAL CIVIL Procedencia :
JDO.1.INSTANCIA.VIGO_6
LA SECCION PRIMERA DE LA ANIDIENCIA …
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