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Sentencia Civil Nº 18, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 40 de 21 de Enero de 2000
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Orden: Civil
Fecha: 21 de Enero de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: FUENTES CANDELAS, CARLOS
Nº de sentencia: 18
Resumen
Contra la referida resolución por el demandante, se
interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue
admitido, habiendo comparecido ambas partes y elevándose los autos a este
Tribunal, se celebró prueba en segunda instancia y vista el 19-1-200 en cuyo
acto el Procurador Sr. Pérez Lizarriturri y el Letrado Sr. Neira Domínguez
SOLICITARON la revocación y confirmación, receptivamente, de la resolución
recurrida. Es conforme a Derecho la afirmación de la sentencia apelada en orden
a que la actualización legal de la renta que permite la Disposición Transitoria
Tercera -C).6 de la nueva LAU es un derecho de la parte arrendadora, cuyo
ejercicio le corresponde en exclusiva ("podrá ser actualizada, a instancia
del arrendador"... La carta que la parte apelante señala como su
requerimiento actualizador del apartado 7 no cumple los requisitos de esta
norma y ni siquiera tenía tal objetivo, sino el de que la parte arrendadora
corrigiese a la baja la supuesta actualización de la nueva LAU promovida por
ella, hecho que ésta niega y que no resulta cumplidamente probado.Las
actuaciones posteriores de una u otra parte en el tema de actualización
rentística son otra cuestión. La desestimación del recurso determina la
imposición de las costas procesales al actor- apelante (arts. Se desestima el
recurso de apelación de DON FERNANDO y confirmamos íntegramente la sentencia
apelada imponiendo al apelante las costas de la alzada.Una vez notificada,
devuélvanse los autos al Juzgado con testimonio de esta resolución a los fines
procedentes.
Voces
Arrendador
Arrendatario
Local comercial
Rebeldía
Resolución recurrida
Fundamentos
SANTIAGO N° 4.-
Rollo: JUICIO VERBAL 40 /1999.-
VTA. 19-1-2000.-
FECHA DE REPARTO: 8-1-1999.-
SENTENCIA
N° 18
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