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Sentencia Civil Nº 176/2005, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 792/2003 de 22 de Marzo de 2005
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 22 de Marzo de 2005
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: ZAPATER FERRER, JOSE VICENTE
Nº de sentencia: 176/2005
Resumen
Desestima la Sala la alegación del recurso por el que se denuncia pluspetición, que tiene su base en el cómputo erróneo de intereses, pues su término inicial es la fecha de la firmeza de la sentencia, y este efecto, según sostiene el apelante, no se produce hasta que se dicta sentencia en segunda instancia, aparte que es inadecuado el procedimiento instado.
Sin embargo, mantiene este Tribuna que ni se ha vulnerado el derecho transitorio al instar la ejecución por el procedimiento de la LEC 2000, ya que se trata del único idóneo para hacerlo en el momento que se solicita la ejecución de la sentencia, aunque ésta se hubiera dictado vigente la ley anterior, pues a diferencia del régimen establecido en ella, ahora la sentencia constituye un título ejecutivo, y su realización debe acomodarse al trámite general establecido, ni la pluspetición es excepción oponible al despacho de ejecución por títulos judiciales, pues los únicos medios para hacerlo autorizados en el art. 556 LEC son el pago o cumplimiento y, en su caso, la caducidad de la acción y los pactos y transacciones.
Voces
Pluspetición
Despacho de la ejecución
Intereses moratorios
Demanda ejecutiva
Liquidación de intereses
Ejecución de sentencia
Título ejecutivo
Caducidad de la acción
Intereses legales
Interés legal del dinero
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00176/2005
AUTO NÚMERO 176
Rollo: RECURSO DE APELACION 792 /2003
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE VICENTE ZAPATER FERRER
Dª MARIA JESUS ALIA …
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