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Sentencia Civil Nº 17/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 16, Rec 341/2007 de 18 de Enero de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 18 de Enero de 2008
Tribunal: AP Barcelona
Ponente: SEGUI PUNTAS, JORDI
Nº de sentencia: 17/2008
Núm. Cendoj: 08019370162008100008
Resumen
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Hospitalet de Llobregat sobre indemnización por resolución unilateral de un contrato de mantenimiento de ascensores. La Sala considera justificada la resolución adoptada por la Comunidad de Propietarios, ya que el informe de la empresa que asumió posteriormente el mantenimiento revela notorias deficiencias en el servicio prestado por la entidad demandante. Por otra parte, el contrato sólo exige comunicación fehaciente al prestador del servicio en el caso de resolución por incumplimiento, y en cuanto a la cláusula sobre la obligación de comunicación puntual de toda queja por la Comunidad de Propietarios, está prevista para incumplimientos concretos y específicos, mientras que en este caso se imputa una dejadez generalizada en la prestación de labores de mantenimiento y reparación.
Voces
Comunidad de propietarios
Ascensor
Resolución unilateral
Resolución de los contratos
Resolución de los contratos por incumplimiento
Arrendatario
Cláusula contractual
Arrendador
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº 341/07-B
JUICIO ORDINARIO NÚM. 479/06
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 5 HOSPITALET LLOBREGAT
S E N T E N C I A Nº 17/2008
Il…
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