Sentencia Civil Nº 167/20...zo de 2005

Última revisión
30/03/2005

Sentencia Civil Nº 167/2005, Audiencia Provincial de Zaragoza, Rec 336/2004 de 30 de Marzo de 2005

Tiempo de lectura: 14 min

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Orden: Civil

Fecha: 30 de Marzo de 2005

Tribunal: AP Zaragoza

Ponente: ACÍN GARÓS, FRANCISCO

Nº de sentencia: 167/2005

Resumen:
Mantiene la Sala que la condena de la demandada debe ser reducida, con revocación total de las partidas reconocidas en los capítulos de comisiones por ventas a la sociedad constituida por las partes y parcial en el caso de las ventas efectuadas mas allá del final del tercer trimestre de 1998. En el primer caso porque no es verosímil ni creíble que la constitución de dicha sociedad, de la que fueron fundadores al 50 % la apelante y el actor, agente de la demandada recurrente, dejase subsistente el devengo de comisiones a favor de este último y a cargo de la primera, bien entendido que si en un principio las ventas de la recurrente a la meritada sociedad pudieron conceptuarse como ventas a tercero que, realizadas dentro del ámbito de los mercados pactados, daban al Agente derecho a exigir su comisión, en todo caso, a partir de la concentración de participaciones supuesta por la compra en 1994 por la esposa del demandante de las de actora y sociedad, cabe en puridad revisar esa conceptuación y negar la exigibilidad de una comisión que presupone que el agente promueva o concluya una operación en nombre del empresario, esto es, de alguien verdaderamente "otro". Y en el segundo, porque si a la vista del art 12.2 LCA el empresario, en principio, no puede negar al agente sus comisiones bajo el argumento de que las operaciones concertados en el ámbito de la exclusiva no son referibles a su actuación, en el caso, rotas las relaciones entre las partes en 1996, la ausencia de actividad imputable al agente, que hace inexigible su derecho a las comisiones, puede prudencialmente establecerse a fines del tercer trimestre de 1998.

Encabezamiento

SENTENCIA NÚMERO: 167/05

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a treinta de marzo de dos mil cinco.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgad...

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