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Sentencia Civil Nº 163/1998, Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, Rec 167/1998 de 22 de Octubre de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 22 de Octubre de 1998
Tribunal: AP - Soria
Ponente: CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE, RAFAEL MARIA
Nº de sentencia: 163/1998
Núm. Cendoj: 42173370011998100241
Núm. Ecli: ES:APSO:1998:253
Núm. Roj: SAP SO 253/1998
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primeras Instancia n° 1 de Soria sobre imposición de costas. Tiene por objeto el recurso que se deje sin efecto el pronunciamiento de la sentencia de instancia por el que se le imponen las costas, con fundamento en haberse satisfecho en el curso de autos la cantidad reclamada en la litis. Argumenta la Sala que si el demandado se allana a la demanda antes de la contestación, no procede la imposición de costas. Ahora bien, el allanamiento no deberá eximir en todo caso de dicho pago, especialmente cuando fue el propio demandado quien dió lugar al juicio con su actitud anterior, siendo el único causante del proceso y en el supuesto de autos, concurren las circunstancias descritas para la imposición de las costas a la parte demandada puesto que el pago efectuado es posterior al acto de juicio y por lo tanto a la contestación a la demanda.
Voces
Orden de pago
Allanamiento
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA
APELACION CIVIL
Rollo de Sala n° 0167/98
Autos n° 0057/98
Juzgado 1ª Ins e Instr. 1 Soria
SENTENCIA CIVIL N° 163/98
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D José Ruiz …
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