Última revisión
14/01/2008
Sentencia Civil Nº 14/2008, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 7, Rec 633/2007 de 14 de Enero de 2008
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 14 de Enero de 2008
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: IBAÑEZ SOLAZ, MARIA FILOMENA
Nº de sentencia: 14/2008
Nº de recurso: 633/2007
Núm. Cendoj: 46250370072008100005
Resumen
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Gandía, sobre responsabilidad civil derivada de la construcción.
La sentencia impugnada declara la responsabilidad solidaria de los partícipes en el proceso constructivo. La intervención procesal provocada es la que acontece por el llamamiento de una de las partes. El demandado en un proceso de responsabilidad civil derivada de la construcción puede llamar al proceso a otro u otros agentes que hayan participado en la edificación. En el caso de autos, la utilización de la llamada en garantía fue correcta. Su razón es la responsabilidad solidaria de los partícipes en el proceso constructivo en caso de que no hayan podido individualizarse aquélla. Los técnicos llamados al proceso deben ser tenidos como parte demandada y, por tanto, deben figurar en la parte dispositiva de la sentencia y ser alcanzados por todos sus pronunciamientos aunque la actora no haya formulado pretensión concreta frente a ellos.
Voces
Intervención provocada
Dueño
Arquitecto técnico
Responsabilidad solidaria
Pared medianera
Ascensor
Evicción
Vicios o defectos constructivos
Obligación de hacer
Pluralidad de partes
Consumidores y usuarios
Acción de regreso
Responsabilidad
Responsabilidad civil
Poseedor
Titular dominical
Derecho de propiedad
Donación modal
Causa petendi
Incumplimiento de las obligaciones
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