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Sentencia Civil Nº 137/2010, Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 2, Rec 196/2010 de 26 de Abril de 2010
Relacionados:
Orden: Civil
Fecha: 26 de Abril de 2010
Tribunal: AP - Badajoz
Ponente: PAUMARD COLLADO, FERNANDO
Nº de sentencia: 137/2010
Núm. Cendoj: 06015370022010100109
Núm. Ecli: ES:APBA:2010:331
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00137/2010
S E N T E N C I A Núm. 137/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 196/2010
Ilmos. Sre. Magistrados:
D.FERNANDO PAUMARD COLLADO
En BADAJOZ, a veintiséis de Abril de dos mil diez.
La Sección 002 de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 0196/2010 del JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ seguido entre partes, de una como apelante Victoriano , representado por el/la Procurador/a Sr/a CALATAYUD RODRIGUEZ y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. FALERO GARCIA, y de otra, como apelado SEGUROS LA ESTRELLA, representado por el/la Procurador/a Sr/a. PALACIOS RODRIGUEZ y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. REALALADO RAMIREZ y siendo ponente el Iltmo. Sr. D. FERNANDO PAUMARD COLLADO.
Antecedentes
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
SEGUNDO.- Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ, por el mismo se dictó sentencia con fecha 28/01/2010 , cuya parte dispositiva dice: "1º.- Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Calatayud Rodríguez en nombre y representación de don Victoriano contra la compañía de seguros LA ESTRELLA, absolviéndose a la demandada de todas las peticiones que se formulaban contra ella.
2º.- Se condena a la parte actora al pago de las costas."
TERCERO.- Notificada dicha resolución a las partes, por Victoriano se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su oposición o impugnación y verificado se remitieron los autos a este Tribunal con emplazamiento de las partes, donde se formó el rollo de Sala que fue seguido por sus trámites.
CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Fundamentos
PRIMERO.- El recurso de apelación que se examina se apoya en un supuesto error en la valoración de la prueba por parte del Juzgador de Instancia. Sin embargo este Tribunal no aprecia tal error, sino que, antes al contrario, en aplicación de las normas reguladoras de la carga de la prueba -artículo
Igualmente, es extraño que un camión con aquella matricula sea español; parece que el conductor e de nacionalidad portuguesa, por tanto, es extraños que sea la aseguradora, una compañía Española.
Son, pues, demasiadas extrañezas como para no considerar ajustada a Derecho la resolución hoy impugnada.
SEGUNDO.- La desestimación del recurso conlleva la imposición de costas al apelante (art. 398
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
Fallo
Que, desestimando como desestimamos, el Recurso de Apelación deducido por la representación procesal de D. Victoriano , contra la Sentencia nº 22/2010, de 28 de enero, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Badajoz, en el Juicio Verbal nº 1.598/09 , DEBO CONFIRMAR Y CONFIRMO íntegramente dicha resolución, con imposición de costas al apelante.
Contra esta resolución no cabe ulterior recurso.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Dada y pronunciada fue la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.