Sentencia Civil Nº 131, A...zo de 1998

Última revisión
12/03/1998

Sentencia Civil Nº 131, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0165/97 de 12 de Marzo de 1998

Tiempo de lectura: 5 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 12 de Marzo de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME

Nº de sentencia: 131

Resumen
Juicio de MENOR CUANTIA sobre reclamación de cantidad. El primero de los extremos impugnatorios apunta a la inaplicación del art. 1905 del Código Civil, viniendo, en síntesis, a sostener el apelante que el dueño no debe responder cuando su disposición física del animal excluye el deber e incluso la posibilidad de vigilancia del mismo, situación que es predicable respecto a los caballos salvajes que viven en régimen de libertad permanente. De suerte que, siguiendo las pautas de reiterada doctrina jurisprudencial, el art. 1905 del Código Civil no permite más interpretación que la literal, siendo suficiente que el animal cause daño para que surja la responsabilidad de su poseedor o de su dueño, porque aún cuando la Ley no se refiere explícitamente al mismo, debe entenderse legitimado pasivamente para responder en la litis, salvo que exista algún estado de posesión o servicio del animal, pendiente o no de aquella voluntad, en cuyo caso cesará la responsabilidad, para pasar a quien de hecho sea el encargado de la custodia del animal. Pero en cualquier caso y en atención al mandato del precepto, ni el sistema especial de crianza de los llamados caballos salvajes, ni su vida en régimen de libertad, la disposición física a la imposibilidad de vigilancia y control, son factores que excluyan aquella responsabilidad.Y en cuanto a la ausencia de prueba que justifique que el caballo hubiere sido la causa del accidente, debe matizarse que el nexo causal está plenamente acreditado por la prueba testifical que se ha practicado a instancia del reclamante. Pichel, González  y Sawires, que circulaban por el lugar conduciendo sus respectivos vehículos no se percataron de la presencia del caballo en el momento de la colisión, si afirman que observaron al turismo del actor detenido sobre el carril que seguía, con desperfectos en su parte delantera y en la cuneta o zona izquierda de la vía, un caballo cuya muerte parecía reciente. Datos concluyentes para justificar la versión que ofrece el titular del vehículo dañado. Se desestima el recurso.

Voces

Responsabilidad

Reclamación de cantidad

Dueño

Poseedor

Juicio de cognición

Intereses legales

Voluntad

Mandato

Fuerza mayor

Culpa

Prueba de testigos

Accidente

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA PONTEVEDRA

Rollo Civil : 0l65/97

P.Civil : 0526/96

Tipo Asunto : MENOR CUANTIA _ Reclamación de cantidad_

Procedencia :  JDO.l.INSTANCIA.VIGO_7

LA …

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