Sentencia Civil Nº 121, A...zo de 1998

Última revisión
11/03/1998

Sentencia Civil Nº 121, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 464/98 de 11 de Marzo de 1998

Tiempo de lectura: 7 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 11 de Marzo de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: PEREZ PENA, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 121

Resumen:
La demanda origen del presente procedimiento se inicia con el ejercicio de una acción por parte de la demandante, al amparo de lo establecido en el art. 1902 del C. Civil, en la que, si bien en el suplico de la misma solicita que se condene a los demandados a abonarle la suma de 2.458.300 pesetas, en abierta contradicción con el contenido del hecho segundo de la misma en que, solicitaba la suma de 925.000 pts por los días de incapacidad sufrida y 500.000 pts por las secuelas la que arrojaba una suma de 1.425.000 pesetas, lo que es salvado con posterioridad por la propia demandante en el acta levantada el 27 de mayo de 1997, en que reduce la suma solicitada a 1.425.000 pts, por haber sufrido un manifiesto error mecanográfico. Salvando esta corrección se acepta el contenido de los fundamentos 2 y ~l de la resolución recurrida, toda vez que en esta alzada no se reitera la excepción mencionada en primera instancia y cuyo análisis. Integra el contenido del fundamento jurídico primero de la misma. Se discrepa del contenido del fundamento de derecho cuarto, y ello porque del resultado de las pruebas practicadas en el procedimiento ha quedado debidamente demostrado que, el autobús conducido por el Sr. C, al llegar al lugar donde habitualmente paraba, se encuentra con que el lugar que destinaban a ello se hallaba ocupado por otro autobús, por lo que dicho conductor en lugar de esperar a que desalojasen el lugar, no lo hace as!, Sino que se detiene justamente detrás de éste, en un lugar en que la puerta trasera por la debían de bajar los pasajeros, se encuentra la rejilla de una alcantarilla a diferencia del lugar que destinaban a la parada en que habla una acera, por lo que, la demandante pasajera de éste, al bajar se causó unas lesiones que la mantuvieron durante 185 días incapacitada para dedicarse a sus ocupaciones habituales, al haberse fracturado el escafoides tarsiano del pié izquierdo, quedándole como secuelas una metatarsalgia en dicho pié. Se estima el recurso.    

Fundamentos

JUZGADO: 1º INSTANCIA No 1 DE FERROL ROLLO: No 464/98

N U M E R 0  l2l

La Coruña, a once de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA, constituída por los Ilustrísimos Señores DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO_PRESIDENTE, DOÑA MARIA JOSE PEREZ PENA, DON LUIS BARRIENTOS MONGE, Magistrados, ha pronunciado

E N N 0 M B R E D E L R E Y

la si...

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