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Sentencia Civil Nº 12, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0168/97 de 11 de Marzo de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 11 de Marzo de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 12
Resumen
El Juzgador de instancia denegó la petición de la actora
relativa de que se condenase al demandado a abonar la cantidad en concepto de
contribución al sostenimiento de la hija. Ésta, que tiene 40 años, padece una
oligofrenia profunda y vive con la madre. El juzgador deniega la prestación
porque entiende que la madre carece de legitimación para peticionar la
prestación indicada. El artículo 93 del CC permite que en pleito de separación el Juez señale alimentos para los hijos mayores de edad que carecieren de
ingresos y convivan en el domicilio familiar. Se trata de una hija que aunque
es mayor de edad, convive con la madre y carece de recursos propios y
obviamente de capacidad para tenerlos dada la profunda y severa oligofrenia que
padece, según consta en autos. Acontece, sin embargo, que no ha habido
actividad probatoria que concrete el caudal o ingresos del marido demandado;
por ello, sin perjuicio de reconocer el derecho a la prestación contributiva y,
correlativamente, la obligación del marido demandado, deberá dejarse para
ejecución de sentencia la cuantificación de la cantidad a satisfacer por aquel
concepto.
Se estima el recurso.
Voces
Divorcio
Vivienda familiar
Intervención del Ministerio Fiscal
Hijo matrimonial
Rebeldía
Ajuar doméstico
Régimen económico del matrimonio
Registro Civil
Ejecución de sentencia
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION PRIMERA PONTEVEDRA.
Rollo Civil : 0l68/97
P.Civil : Ol3O/96
Tipo Asunto : DIVORCIO
Procedencia : JDO.Lª INST. e INSTR. CANGAS 2
LA SECCION PRIMERA DE LA …
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