Última revisión
Sentencia Civil Nº 12/1998, Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, Rec 6/1998 de 21 de Enero de 1998
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Civil
Fecha: 21 de Enero de 1998
Tribunal: AP - Soria
Ponente: RUIZ RAMO, JOSE
Nº de sentencia: 12/1998
Núm. Cendoj: 42173370011998100201
Núm. Ecli: ES:APSO:1998:17
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre reclamación de daños ocasionados por el agua. No existe negligencia o maliciosidad en los demandados, ya que el perito judicial considera que el agua se filtra por la zona no enfoscada de la parte baja de la pared, en su encuentro con el suelo. Será necesario enfoscar dicha parte baja para que el agua no se filtre, y esa responsabilidad sólo corresponde al actor, ya sea la pared de su propiedad, y por tanto sólo él la debe arreglar, o sea medianera, en cuyo caso a él también correspondería, por no tener edificio apoyado en ella los demandados. Es evidente que los demandados no han construido ninguna cubierta o tejado que cause perjuicio al actor.
Voces
Tejados
Perito judicial
Solares
Daños y perjuicios
Indefensión
Culpa
Reclamación de daños
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA
APELACIÓN CIVIL
Rollo de Sala n° 6/98
Autos n° 1/97 (juicio de cognición)
Juzgado de 1ª Instancia de El Burgo de Osma.
SENTENCIA CIVIL Nº 12/98
Ilmos. …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
AccederLIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Disponible
Responsabilidad extracontractual derivada de accidente dentro de una iglesia católica
12.75€
12.11€