Sentencia Civil Juzgados ...io de 2011

Última revisión
20/06/2011

Sentencia Civil Juzgados de lo Mercantil - Madrid, Sección 6, de 20 de Junio de 2011

Tiempo de lectura: 19 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 20 de Junio de 2011

Tribunal: Juzgados de lo Mercantil - Madrid

Ponente: VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER

Núm. Cendoj: 28079470062011100044

Resumen:
DERECHO CONCURSAL.- Contratos de arrendamiento financiero.- Es de aplicación el régimen del art 61.1. LC, y clasificar las cuotas impagadas como créditos concursales, privilegiado especial del art. 90.1.4º LC, hasta donde alcance el valor del bien.- Se estima parcialmente la demanda sobre incidente concursal en impugnación de relación o listado de acreedores de la concursada demandada.El Juzgado declara que resulta en la presente causa que estando ante dos contratos arrendaticios financiero, de naturaleza bilateral y de tracto sucesivo, aparece que al tiempo de la declaración de concurso sólo existían obligaciones pendientes para uno de los contratantes, cual es la concursada; y ello porque realizada por la entidad financiera la adquisición de los bienes mueble según las especificaciones de la concursada [-y bajo su responsabilidad, dicen los contratos-] y realizada la entrega de la posesión a la arrendataria-concursada, las restantes obligaciones esenciales nacidas del contrato recaen sobre la concursada, quien se obliga a conservar el bien a su costa, a usarlo según su finalidad, a concertar y mantener un seguro que cubra deterioros y riesgos del mismo, así como abonar las rentas periódicas pactadas, no resultando del clausulado general la declaración de obligación contractual a cargo de la arrendadora y que se encontrara pendiente de cumplimiento al tiempo de la declaración concursal; lo que obliga a estimar de aplicación el régimen dispuesto en el art. 61.1 L.Co . y clasificar las cuotas impagadas, sean anteriores o posteriores a la declaración concursal, como créditos concursales, siendo calificables como crédito privilegiado especial del art. 90.1.4º L.Co ., hasta donde alcance el valor del bien.

Encabezamiento

JUZGADO DE LO MERCANTIL

NÚMERO SEIS

MADRID

SENTENCIA Nº .

En la villa de Madrid, a VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE.

Vistos por el SR. DON FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍN , Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de esta localidad y su partido judicial, los presentes autos de INCIDENTE CONCURSAL seguido en este Juzgado con el Nº 181/09 ; seguidos a instancia de la mercantil BANLEASE, S.A...

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