Sentencia Civil Nº 482/20...re de 2007

Última revisión
27/11/2007

Sentencia Civil Nº 482/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 19, Rec 355/2007 de 27 de Noviembre de 2007

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: Civil

Fecha: 27 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP Barcelona

Ponente: COLLADO NUñO, MIGUEL JULIAN

Nº de sentencia: 482/2007

Núm. Cendoj: 08019370192007100422

Resumen:
Se estima en parte el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Gavá, que estimó en parte la demanda en materia de institución de heredero. El CS catalán incorpora una presunción legal de revocación de la institución hereditaria con base en la modificación substancial del vínculo que determinó la designación sucesoria mas respetando la voluntad del testador como reguladora efectiva de la sucesión. Es, por tanto, el análisis de la prueba la que concreta si el testador hubiera actuado del mismo modo a favor del cónyuge incluso en el caso de nulidad, separación o divorcio posterior al otorgamiento o separación de hecho con ruptura de la unidad familiar, en los supuestos que el precepto establece. En este caso, son irrelevantes e insuficientes para contrariar dicho efecto legal, los elementos en que se funda la recurrente para sostener el mantenimiento de aquella voluntad, dado que a pesar de que la apelante sostiene que mantenía buenas relaciones con el finado y que éste se interesaba en sostener a su hijo, también consta que no abonó durante meses la pensión de alimentos llegando a presentar demanda de impugnación de filiación de su hijo, lo que parece apuntar a una voluntad bien diferente, por lo que procede desestimar el recurso.

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMONOVENA

ROLLO Nº 355/2007 -B

TESTAMENTARÍA Nº 349/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE GAVÀ

S E N T E N C I A nº 482/07

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de noviembre de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimono...

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