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Sentencia Civil Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 620 de 30 de Mayo de 2001
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Orden: Civil
Fecha: 30 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO
Resumen:
Ello no obstante, se aceptan los argumentos de la
sentencia de instancia, porque no existe variación substancial de las
circunstancias que determine la reducción de la pensión alimenticia en favor de
los hijos del matrimonio, de acuerdo con el artículo 93 del Código Civil, pues el demandante contrajo un préstamo hipotecario de siete millones de pesetas con
una cuota mensual de 50.580 pts, que es una muestra evidente de que tiene
ingresos para soportar el préstamo, y en todo caso no resulta de recibo anteponer
su propio interés a la pensión de sus hijos, y además, recibió una cantidad de
2.693.350 ptas de la empresa MATADERO C................., con lo que
evidentemente se reforzó su situación económica, y cualesquiera que sean los
motivos que le guíen, desde luego no debe aminorarse la pensión de los hijos,
que entraña, la comida, vestido, educación y asistencia médica. De manera que
la desestimación del recurso de apelación es ajustada a derecho.
Fundamentos
SENTENCIA
En PONTEVEDRA, a treinta de Mayo de dos mil uno La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de esta ciudad, formada por los Ilmos. Sres. Magistrados Don Antonio Berengua Mosquera (Presidente en funciones) Don Angel Luis Sobrino Blanco y la Magistrada Suplente Dª. María Jesús González Rebolo, ha visto en segunda instancia los autos de Juicio de Modificación de Medidas, seguido en...
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