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Sentencia Civil Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 557 de 06 de Junio de 2001
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Orden: Civil
Fecha: 06 de Junio de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: SOBRINO BLANCO, ANGEL LUIS
Resumen:
Juicio Declarativo Ordinario de Menor Cuantía sobre
reclamación de cantidad
El contenido de la fundamentación fáctica y jurídica de
la demanda que da origen al procedimiento evidencia que la única acción
ejercitada en la misma -y por tanto la única que puede ser objeto de
pronunciamiento por imperativo del Principio de Congruencia - es la derivada
del artículo 1591 del Código Civil, conforme al cual "el contratista de un edificio que se arruinase por vicios de la construcción, responde de los daños y
perjuicios si la ruina tuviere lugar dentro de diez años, contados desde que
concluyó la construcción; igual responsabilidad, y por el mismo tiempo, tendrá
el arquitecto que la dirigiere, si se debe la ruina a vicio del suelo o de la
dirección. Si la causa fuere la falta del contratista a las condiciones del
contrato, la acción de indemnización durará quince años».
Para el éxito de tal acción la parte actora venía
obligada a acreditar que los vicios o defectos que configuraban la
fundamentación fáctica de su reclamación constituían, bien defectos de
construcción que excedían de las imperfecciones corrientes, bien graves
defectos constructivos o vicios que afectaban a elementos esenciales de la
construcción, configurando una violación del contrato de obra, al hacer temer
la próxima pérdida del edificio construido o haciéndole inútil para la
finalidad que le era propia -habida cuenta del concepto de ruina establecido
por la doctrina jurisprudencial de la Sala Primera del Tribunal Supremo-.
La prueba practicada en el procedimiento no acredita, de
forma adecuada y suficiente, el carácter ruinógeno de aquellos vicios y
defectos que configuraban la fundamentación fáctica de la demanda.
Fundamentos
S E N T E N C I A
Núm.
En la Ciudad de Pontevedra, a seis de junio de dos mil uno.
Vistos por la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra, integrada por su Presidente don Hipólito Hermida Cebreiro y por los Magistrados don Antonio Berengua Mosquera y don Ángel-Luis Sobrino Blanco, en grado de apelación, los autos de Juicio declarativo ordinario de Menor Cuant...
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