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Sentencia Civil Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 491 de 16 de Mayo de 2001
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 16 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: SOBRINO BLANCO, ANGEL LUIS
Resumen:
Las reglas que sobre la carga de la prueba se inferían
del antiguo artículo 1214 del Código Civil -ahora recogidas en el artículo 217 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil-, obligaban a la representación actora a acreditar, en forma adecuada, suficiente e indubitada, que la
inundación acaecida en las instalaciones de la Central. La única prueba
intentada y practicada al efecto por la demandante se circunscribe a la
declaración testifical de sus propios empleados, cuya única razón de ciencia
expresada -de conformidad con lo preceptuado por el artículo 649 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881- derivaba del cargo y función desarrollado para la
propia entidad actora, sin mayor especificación y concreción.
Fundamentos
S E N T E N C I A
Núm.
En la Ciudad de Pontevedra, a dieciséis de mayo de dos mil uno.
Vistos por la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra, integrada por su Presidente don Hipólito Hermida Cebreiro y por los Magistrados don Antonio Berengua Mosquera y don Ángel-Luis Sobrino Blanco, en grado de apelación, los autos de juicio declarativo ordinario de Menor Cuantía...
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