Sentencia Civil Audiencia...yo de 2000

Última revisión
26/05/2000

Sentencia Civil Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 21 de 26 de Mayo de 2000

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: Civil

Fecha: 26 de Mayo de 2000

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: SOBRINO BLANCO, ANGEL LUIS

Resumen:
Frente a tal reclamación la entidad demandada opone el incumplimiento por parte de la demandante, del contrato causal subyacente.De tal forma que la invocación de una genérica "exceptio non adimpleti contractus", sólo es aceptable cuando se esgrime un incumplimiento total, esencial, patente y categórico; siendo inadmisible, como expresamente declaró la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de mayo de 1.972, la alegación de cumplimiento tardío, irregular, defectuoso, o de perfección dudosa, de la prestación asumida por el ejecutante en la relación causal subyacente.Los problemas de encaje de las arquetas sitas en la calle Calvo Sotelo de Marín. Ninguno de los cuales pueda dar lugar -como adecuadamente razona la sentencia apelada- a enervar la acción ejecutiva deducida.En primer lugar, porque en el contrato causal subyacente -instrumentado en el documento obrante al folio 22- la entidad ahora ejecutante únicamente se obligó a llevar a cabo "la señalización correcta de las obras" a realizar. Por consiguiente, procede confirmar íntegramente la sentencia dictada en fecha uno de junio de mil novecientos noventa y ocho por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Marín en los autos de los que el presente Rollo de apelación de apelación dimana, con desestimación del recurso interpuesto.De conformidad con lo prevenido por el artículo 896 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debe condenarse a la apelante al pago de las costas causadas en esta alzada.Se desestima el recurso de apelación interpuesto.    

Fundamentos

SENTENCIA

Núm.

 

En la Ciudad de Pontevedra, a veintiséis de mayo de dos mil.

 

      Vistos por la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra, integrada por su Presidente don Hipólito Hermida Cebreiro y por los Magistrados don Antonio Berengua Mosquera y don Ángel-Luis Sobrino Blanco, en grado de apelación, los autos de Juicio Ejecutivo seguidos en el Juzgado de Primera Instanc...

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