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Sentencia Civil Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0058/98 de 08 de Julio de 1998
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 08 de Julio de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL
Resumen
La excepción de falta de litis consorcio pasivo necesario
fue acertadamente rechazada en primera instancia, ya que al convivir el
solicitante de alimentos con su madre, y estar acreditado que ésta es la única
que cuenta con escasos ingresos para la manutención propia y la del actor, está
claro que no es necesario demandar a quien ya está cumpliendo su obligación
alimentaria.
Los hechos que en la sentencia recurrida se estiman como
probados, y que se enumeran en su fundamento jurídico tercero como presupuestos
básicos para la determinación de la cuantía de la prestación alimenticia, son
un fiel reflejo de los documentos aportados a autos, o de datos de los que
existe constancia en el presente procedimiento. Entendemos que la
representación del recurrente, Don Ignacio F, sufre una confusión sobre los
ingresos computables de este en el año 1996, declarados a Hacienda, ya que solo
se refiere a los del cuarto trimestre y no al resto.
Se desestima el recurso.
Voces
Pensión por alimentos
Documentos aportados
Mala fe
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION SEGUNDA PONTEVEDRA
APELACION CIVIL
Rollo : 0058198
Asunto : ALIMENTOS PROVISIONALES
Número : Ol45/95
Procedencia : JDO.PRIMERA INSTANCIA VIGO-2
LA SECCION …
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