Última revisión
Sentencia Civil Audiencia Provincial de Ourense, Rec 488/97 de 28 de Mayo de 1998
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Civil
Fecha: 28 de Mayo de 1998
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: CARVAJALES SANTA-EUFEMIA, ABEL
Resumen
La demanda de interdicto de retener y subsidiario de
recobrar de autos se interpone, en base a supuestos hechos que el actor
califica como que tienden a intentar negar la existencia de la servidumbre de
paso de que disfruta su predio que describe en el Hecho Primero de la misma o
bien impedir su ejercicio, mediante aparcamientos esporádicos de vehículos que
atribuye a los interdictados o de la colocación de perros atados por éstos al
borde del vial que dificultan su acceso. Aparte de que para defender la existencia
y contenido de un servicio de paso por finca ajena lo oportuno es el ejercitar
las correspondientes acciones declarativas de confesoria de servidumbre en
donde el titular del gravamen dispone de amplios medios de reconocimiento y
determinación de su derecho y de condena a quienes se lo discutan, los actos de
perturbación o inquietamente de la posesión como cuestión de hecho que
justifican las medidas interdictales requieren que el ataque posesorio alcance
un poder fáctico estable sobre la cosa, estableciendo sobre ella un poder
autónomo con vocación de permanencia y sometimiento a la voluntad del
despojaste o que reflejen su decidido propósito inmediato de hacerlo, con una
intencionalidad o llanimus spoliandil, clara y contundente de tender a producir
una alteración en el status posesorio objetivo, y en el presente caso los
supuestos aparcamientos de automóviles sobre el vial litigioso, no bien
concretados en el tiempo y en el espacio, véase como incluso en la diligencia
de reconocimiento judicial aparece un autobús extraño a los litigantes que
estorbaba para el acceso al camino, es una cuestión de relaciones de vecindad,
al igual que la indemostrada colocación de perros atados que dificulten su uso,
reprobable como tal por vía gubernativa, o bien por aquella declarativa
ordinaria si se acredita una confrontación a su existencia o contenido, e
incluso sancionable por vía penal si a la postre se demuestra que media una
intención subjetiva de causar un daño o coacción, pero no de motivo de demanda
de interdicto al no concurrir un estable despojo del hecho posesorio ni mediar
un soporte objetivo que rebele el propósito de los demandados 'de limitar la
poseían como hecho que disfruta el actor.
Se desestima el recurso.
Voces
Interdicto de retener la posesión
Sociedad de gananciales
Predio
Servidumbre de paso
Servidumbre
Voluntad
Reconocimiento judicial
Relaciones de vecindad
Interdictos
Representación procesal
Fundamentos
(APELACION CIVIL)
La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Abel Carvajales Santa_EUfemia, Presidente, don JoSé_Rainón Godoy Méndez y doña Josefa otero …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder