Sentencia Civil Audiencia...zo de 1998

Última revisión
07/03/1998

Sentencia Civil Audiencia Provincial de Ourense, Rec 330/97 de 07 de Marzo de 1998

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Marzo de 1998

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO

Resumen
Los cónyuges  demandan de Unión F.. S.A. el pago de 1.234.000 pesetas, más los intereses legales  correspondientes'', cantidad en la que cifran el perjuicio ocasionado en la finca de su propiedad conocida como lo Pilo'', en el municipio de Bande, de unas dos hectáreas, con ocasión de practicar irregularmente la tala de un número considerable de árboles, incluidos varios frutales, al verificar, sin autorización, la limpieza en la zona de servidumbre establecida sobre el inmueble a favor de la mentada empresa, zona que, se dice, fue rebasada en exceso hasta el punto de que en una longitud de 70 ms. alcanzó en sus puntos máximos 30 ms. de ancho. La entidad demandada opone a la pretensión de adverso las excepciones de defecto legal en el modo de proponer la demanda del articulo 533.50 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, falta de litis consorcio pasivo necesario por no haberse demandado a la empresa a quien le había encomendado la materialización de los trabajos por medio de la correspondiente contrata, S.. S.L., falta de responsabilidad por parte de Unión F.. S.A. y prescripción de la acción. La sentencia recaída en la primera instancia estima parcialmente la demanda y condena a la demandada al pago, como indemnización de perjuicios, de 500.000 pesetas, resolución contra la que  se alza la parte condenada, y se adhiere la actora para que se eleve la cantidad a la que tiene peticionada y para que se condene también al pago de las costas de la primera instancia. Estos antecedentes delimitan el objeto del recurso. Las excepciones de defecto legal en el modo de proponer la demanda y la falta de litis consorcio pasivo necesario han de rechazarse en la misma forma que se hace en la sentencia apelada, ya que la demanda, como se deduce del conjunto de antecedentes o hechos, fundamentos jurídicos y suplico, permite deducir claramente lo que se pide y la causa de pedir y, por otro lado reune, en efecto, los requisitos consignados en el articulo 524 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; y en los supuestos de culpa extracontractual no cabe apreciar relaciones letisiconsorciales pasivas, y los supuestos perjudicados pueden dirigir su reclamación contra todos los presuntos obligados, algunos o uno de ellos. Se estima el recurso.

Voces

Responsabilidad

Sociedad de responsabilidad limitada

Servidumbre

Intereses legales

Interés legal del dinero

Prescripción de la acción

Práctica de la prueba

Causa petendi

Culpa extracontractual

Reconocimiento judicial

Prescripción extintiva

Cuestiones de fondo

Inspección ocular

Dueño

Prueba de testigos

Prueba pericial

Derecho de paso

Juicio de cognición

Fundamentos

 

(APELACION CIVIL)

La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Jesús Francisco Cristín Pérez, Presidente, doña Angela Dominguez Viguera Fernández y don José Ramón …

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