Sentencia Civil Audiencia...ro de 1998

Última revisión
20/02/1998

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 850/97 de 20 de Febrero de 1998

Tiempo de lectura: 5 min

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Orden: Civil

Fecha: 20 de Febrero de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: PIA IGLESIAS, JUAN LUIS

Resumen:
Como expresamente reconoce la propia parte apelante, la discusión respecto al dominio del inmueble litigioso, planteada en este juicio excede con mucho de los estrechos cauces del juicio de desahucio, lo que por si solo justificaría la no admisión de determinadas pruebas propuestas por las partes sin necesidad de acudir a una rigida interpretación de la limitación legal de medios de prueba en esta clase de juicios. Contradictoriamente sin embargo, basa su recurso en considerar acreditado el dominio discutido, destacando que el inmueble litigioso es de su pertenencia, por constar en un inventario de bienes reelectos, que además de no ser admitido como prueba, difícilmente bastaría para acreditar el dominio, cuando otra parte lo discute, por haberlo confesado el propio actor que se autotitula en resumen, nada menos que testigo, con respecto a la existencia del arrendamiento, y por destacar respuestas ambiguas de la demandada comparecida al absolver posiciones en la prueba de confesión judicial, prueba en absoluto concluyente aun mereciendo un juicio de escasa fiabilidad la tesis de la parte demandada en vista de lo equívoco de sus respuestas con ocasi6n de practicarse aquella prueba de confesión. De otra parte no existe acreditado el contrato de arrendamiento a que se refiere la demanda, sin que quepa inferirlo del reconocimiento del propio actor, puesto que la parte demandada no s6lo lo niega, sino que además se dice propietaria del inmueble, destacando que como tal propietaria lo enajenó a un tercero, y as! si es cierto que quien puede lo más puede lo menos, también lo es que quien niega lo más, niega lo menos, reduciéndose todo a una pura contradicción, sin prueba eficaz de ninguna de las tesis contrapuestas y. sin posibilidad de resolver en este juicio el conflicto existente respecto al dominio por no ser el cauce procesal adecuado para resolver dicho conflicto. Se desestima el recurso.  

Fundamentos

ROLLO: 850/97.

067 653

La Secci6n Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, constituida por el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA y los llmos. Sres. Magistrados DON JUAN LUIS PIA IGLESIAS y DON AGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ,

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY la siguiente

S E N T E N C I A

En La Coruña, a veinte de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

En el recu...

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