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Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 69 de 22 de Septiembre de 2000
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 22 de Septiembre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: RUIZ TOVAR, MARIA JOSEFA
Resumen
Insiste la apelante en que está acreditada la deuda
reclamada, en virtud de los suministros efectuados a la demandada por la actora
en Agosto, Septiembre y octubre de 1.995. Nada más lejos de la realidad, las
facturas aportadas como documentos 7 a 9, son de redacción unilateral de parte,
no constituyendo medio de prueba de la entrega y compra de las mercancías,
cuantía además que no concuerda con la manifestada en la supuesta carta enviada
a la demandada, de la que tampoco consta la recepción), pues es bastante menor.
La actora ante tal negativa, debió extremar los medios probatorios en el
período ordinario, bien a través de sus propios testigos que acreditaran la
entrega, bien a través de las indagaciones previas para saber quien los firmó,
o incluso durante el proceso, requiriendo a la demandada la identificación de
empleados, con periciales subsidiarias (nótese que en la firma es legible Juan
C).
Se desestima el recurso.
Voces
Medios de prueba
Juicio de cognición
Mercancías
Reclamación de cantidad
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
A CORUÑA
Rollo: 69/99
Juzgado de Primera Instancia N° 4 de A Coruña
Vista el día 21-9-00
N U M E R O
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