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Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 498 de 24 de Enero de 2000
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Orden: Civil
Fecha: 24 de Enero de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL, JULIO CESAR
Resumen:
Ya estaba primero en discusión la fecha de la propia
presentación del cheque al cobro, pues aunque el día que consta anotado en su
anverso estaba fuera del plazo legal de los quince días después de su emisión,
lo cierto es que había constancia documental, por una comunicación por escrito
de la Caja de Pontevedra, (al folio 37), de que, a pesar de la fecha de la
anotación en el título, la reclamación se había hecho a los dos días de su
entrega efectiva, aunque, por descuido de la entidad encargada de su cobro, no
se hubiese hecho la protesta formal de su impago, circunstancia no imputable al
acreedor, pero, en todo caso, ello sería realmente irrelevante para la entidad
actora, pues está legalmente previsto en el art. 146, párrafo último, de la Ley
Cambiaria del Cheque, ya mencionado que "el tenedor del cheque conserva
sus derechos contra el librador, aunque el cheque no se haya presentado
oportunamente o no se haya levantado el protesto o realizado la declaración
equivalente", y solo el tenedor perdería sus derechos si después de
transcurrido el término de presentación llegase a faltar la provisión de fondos
en poder del librado por insolvencia de éste, lo que, evidentemente, no sucedía
en este supuesto, en el que, por lo tanto, no existía causa legal alguna que
impidiese la efectividad de la acción ejecutiva ejercitada por el impago del
cheque de que se trata. Por lo expuesto, se desestima el recurso de apelación
presentado, siendo preceptiva la imposición de sus costas procesales a la parte
apelante. Se desestima el recurso de apelación interpuesto.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
LA CORUÑA
Juzgado de 1ª Instancia N° 2 de A Coruña
Rollo N° 0498/98
Vista el día 18 de enero del 2000
N U M E R O
LA SECCION QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA, constituída por los Iltmos. Sres. DON JULIO-CÉSAR CIBEIRA YEBRA PIMENTEL Presidente, DON ANTONIO RUBIN MARTÍN y DOÑA MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR, como Magistrados, h...
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