Sentencia Civil Audiencia...yo de 2000

Última revisión
27/05/2000

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 440 de 27 de Mayo de 2000

Tiempo de lectura: 11 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 27 de Mayo de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: RUIZ TOVAR, MARIA JOSEFA

Resumen
 Se declara no haber lugar a la declaración de propiedad exclusiva sobre la pared o muro litigioso, estimando la reconvención formulada por los demandados y declarando en consecuencia que el muro existente entre la finca redificada de la actora-reconviniente, fabricado en ladrillo, tiene la condición de medianero, hasta el punto común de elevación entre ambos edificios, denegando igualmente la petición de indemnización formulada por la demandante y todo ello con imposición de costas a la actora.".Interpone recurso de apelación la demandante, que actúa en su propio nombre y en el de la sociedad de gananciales, invocando como primer motivo que la sentencia dictada es incongruente. De la sola lectura de su confesión judicial (F.58) se deduce que el solar era de su exclusiva propiedad, (mitad aproximada de la antigua edificación), al igual que otra 1/8 parte de las 2/8 que vendió al demandado; y como propietaria privativa dispuso el derribo de la mitad de la casa, procediendo a su división con sus hermanos, separando la parte que iba a derribar, por medio de un muro.No puede por ello al ser simplemente una manifestación de parte indicarse que el citado muro es ganancial, pues aunque posteriormente constituyó el cierre de la nueva casa que construyeron los demandados, el sentido inicial del citado muro fue efectuar una división. Todas las costas -motivo V- de las demandas y reconvención se imponen al actor en la sentencia apelada. Se puede decir, como afirme el perito que existan signos de medianería, sirviendo tal muro para delimitar ambas propiedades, con un destino medianero "ab initio".  

Voces

Reconvención

Juicio de cognición

Sociedad de gananciales

Pluralidad de partes

Declaración de dominio

Incongruencia omisiva

Medianería

Propiedad horizontal

Aceptación de la herencia

Confesión judicial

Bienes privativos

Litisconsorcio pasivo necesario

Obra nueva

Tejados

Falta de legitimación

Fondo del asunto

Relación jurídica

Constructor

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

A CORUÑA

 

Rollo: 440/98

Juzgado de Primera Instancia 2 de Carballo

Deliberación el día 24 de mayo de 2000

 

N U M E R O

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