Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 3061/97 de 17 de Marzo de 1998
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Orden: Civil
Fecha: 17 de Marzo de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SEOANE PESQUEIRA, FERNANDO
Resumen
Impugna el actor la sentencia de primera instancia que,
acogiendo la excepción procesal de falta de legitimación activa, sin entrar a
conocer del fondo del asunto, absolvió en la instancia a los demandados,
solicitando que se entre a conocer del fondo del asunto en el que había
solicitado la condena de éstos al pago de la suma de 95.752 pesetas como daños
y perjuicios sufridos a consecuencia de los desperfectos ocasionados en su
automóvil al descender antes de tiempo la puerta basculante del garaje del que la
demandada señora Riveiro da Costa es propietaria. En efecto, si no se acredita
por parte del actor la titularidad dominical del vehículo dañado lo procedente
es desestimar la demanda en el fondo al tratarse de un supuesto de falta de
legitimación activa llad causam, por no pertenecer al actor el derecho que
ejercita. Consecuencia de la desestimación de la excepción de falta de
legitimación activa es que ningún óbice existe para que pueda penetrarse en el
análisis del fondo del asunto, tal como el apelante solicita. Para que la
pretensión del actor prosperase seria imprescindible que acreditase que la
puerta del garaje sito en la calle Juan Canalejo de esta ciudad tuvo un
defecto de funcionamiento el día 7 de julio de 1995 con ocasión de la salida
del mismo del vehículo Ford Orion pilotado por la hija del dueño doña Mónica P
. Sorprendentemente el señor Pérez manifiesta, además, como causas la estrechez
de la puerta y que la cuesta es muy empinada (folio 60), lo cual nada tiene que
ver con lo anterior y son aspectos perfectamente conocidos con anterioridad por
quien ha de sacar el coche del garaje. Frente a ello ha declarado, a instancia
de la parte demandada, el representante legal de la empresa instaladora de la
puerta "B.. haberse solicitado el análisis del fondo por el recurrente,
aunque la absolución en el fondo entraña empeoramiento de la posición del
demandante, ello no constituye reformatio in peius, como ha declarado
reiteradamente la jurisprudencia. Y en el ejercicio de esta jurisdicción plena
estudió las pretensiones de las partes, valoró las pruebas obrantes en autos, y
con absoluta libertad de criterio dictó su resolución, juzgando sobre el fondo
del asunto por primera vez. Pese a que la sentencia será revocatoria,
desestimando en el fondo la demanda planteada, ha de mantenerse la imposición
de costas de primera instancia al actor, ya que sus pretensiones son rechazadas
(articulo 523_1 L.E.Civ.), Para un caso análogo el artículo 710 L.E.Civ.,
Se estima el recurso.
Voces
Fondo del asunto
Dueño
Garaje
Falta de legitimación activa
Excepciones procesales
Daños y perjuicios
Resolución recurrida
Reclamación de cantidad
Falta de legitimación
Rebeldía
Legitimación activa
Titularidad dominical
Capacidad de obrar
Acto de conciliación
Confesión judicial
Plaza de garaje
Orfandad
Sociedad de responsabilidad limitada
Falta de jurisdicción
Allanamiento
Inadecuación del procedimiento
Indefensión
Actuaciones judiciales
Compañía aseguradora
Reformatio in peius
Fundamentos
JUZGADO: Jdo. Primera Instancia Coruña 7
ROLLO: 3061/97
VOTACION Y FALLO: 16.3.98
NUMERO
La Coruña, a diecisiete de marzo de mil novecientos
noventa y ocho.
LA SECCION PRIMERA DE LA …
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