Sentencia Civil Audiencia...zo de 1998

Última revisión
03/03/1998

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1226/97 de 03 de Marzo de 1998

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: Civil

Fecha: 03 de Marzo de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: MOSQUERA RODRIGUEZ, MARIA DEL CARMEN

Resumen
La entidad demandante reclama de la compañía de seguros demandada el pago de los daños sufridos en la mercancía que transportaba en un vehículo de su propiedad que sufrió un accidente de circulación, fundando dicha petición en la póliza de seguro de transporte de mercancías que tenía concertada con la demandada, por la que se aseguraba tal riesgo. Se entiende  que la interpretación no es correcta, toda vez que con la firma reflejada en las Condiciones particulares de la póliza el asegurado acepta su contenido íntegro _claro y preciso y con ello las condiciones generales, especiales, y las cláusulas limitativas o de exclusi6n, que consideramos aceptó desde el primer momento, como lo demuestra el que pagase los recibos correspondientes, que la aportase al presente juicio y el mismo hecho de que, con apoyo en las cláusulas del contrato suscrito pretenda cobrar de la aseguradora el importe reclamado por los datos sufridos en las mercancías, lo que es signo evidente de que daba por válido el contrato de seguro concertado. Además, analizando específicamente el discutido articulo 60 de las Condiciones generales, no comparte esta Sala la opinión que sostiene el Juez la que'' respecto a que es una cláusula limitativa de los derechos del asegurado, sino que debería ser definida más bien como delimitadora del riesgo asegurado, y su redacción es clara. Respecto a la mercancía que efectivamente transportaba el vehículo siniestrado, entendemos que existe suficiente prueba que acredita que superaba los 3150 kgrs. Dicha carga se refleja en el informe de valoración de datos de fecha 20 de noviembre de 1995 aportado por la propia parte actora con su escrito de demanda y realizado a instancia de la demanda, ratificado testificalmente por el perito a instancia de ambas partes litigantes, y aunque aquélla en su escrito de demanda advierte que se trata de un error, tal extremo es negado por dicho testigo, quien afirma que fue la propia asegurada quien le proporcionó el número de kilos cargados en Ribeira, toda vez que en el certificado de la Lonja aparecían únicamente el número de cajas y no se especificaba su peso.       

Voces

Mercancías

Cláusula limitativa

Compañía aseguradora

Asegurador

Reclamación de cantidad

Sociedad de responsabilidad limitada

Transporte de mercancías

Seguro de transporte

Accidente de tráfico

Voluntad de contrato

Cláusula contractual

Contrato de seguro

Riesgo asegurado

Causa del siniestro

Cobertura del seguro

Póliza de seguro

Fundamentos

ROLLO: 1226/97.

067661

La Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, constituida por el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA y los Ilmo. Sres. …

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