Sentencia Civil Audiencia...io de 1998

Última revisión
13/07/1998

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 0148/97 de 13 de Julio de 1998

Tiempo de lectura: 34 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 13 de Julio de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL, JULIO CESAR

Resumen
Pasadas las 21 horas del día 24 de noviembre de 1995 D. Pedro P, que conducía la furgoneta de su propiedad Volkswagen Transporter Westfalia, de más de 5 anos de antigüedad, por la Autopista A~9, en sentido Coruña‑Tu¡, al llegar a la altura del punto kilométrico 18,800, perdió el dominio, del movimiento del vehículo  que, tras invadir parte de la mediana de separación de las calzadas, volcó sobre su costado derecho quedando detenido en posición oblicua y ocupando su parte trasera la mediana y la parte delantera parte del carril izquierdo de los dos correspondientes al sentido de circulación que llevaba; en esta situación, el conductor, una vez que pudo apearse del vehículo, encendió las luces de intermitencia y, ayudado por algunas personas que acudieron al lugar trató de levantarlo para retirarlo hacia el arcén derecho y eliminar el obstáculo que suponía a la libre circulación por el carril izquierdo, sin conseguirlo, mientras un vecino gesticulando con sus brazos se situaba unos metros atrás, para avisar a otros usuarios de la vía, logrando que se detuviesen en el arcén algunos automóviles; pasado un cierto tiempo, que pudo ser superior a los diez minutos, el automóvil Opel Vectra, de la propiedad de la empresa Construcción S.L.'' y que conducía D. Manuel C, que circulaba en el mismo sentido, Coruña‑Tui, por el carril izquierdo, adelantando a velocidad superior a los 100 km./hora a otros vehículos que lo hacían por el carril derecho, se empotró violentamente con su parte frontal izquierda contra el techo de la furgoneta que ocupaba el carril, a pesar de que su conductor, que se había percatado tardíamente de la obstaculización, había accionado el mecanismo de frenado, reduciendo apreciablemente la velocidad; como consecuencia de la colisión y del anterior accidente de la furgoneta, ambos móviles tuvieron desperfectos de distinta consideración, ascendiendo el importe de la reparación del Opel Vectra, asegurado en la compañía A, a la suma de 450.880 pts., y el de la furgoneta Wolkswagen, asegurada en la compañía Mutua, a la cantidad de 2.034.533 pts., comprensivas de las sumas de 1.513.433 pts., a favor de D. Pedro P, y 315.616 pts.  

Voces

Sociedad de responsabilidad limitada

Accidente

Responsabilidad

Fecha del siniestro

Intereses legales

Reclamación de cantidad

Rebeldía

Resolución recurrida

Derecho real de prenda

Culpa

Prenda

Práctica de la prueba

Contrato de seguro

Compañía aseguradora

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION QUINTA LA CORUÑA

Juzgado de 11 Instancia nO 1 de Betanzos Rollo nº 0148197

Deliberación día 13-7-98 

N U M E R 0

LA SECCION QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL …

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