Sentencia Administrativo ...yo de 2011

Última revisión
06/05/2011

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 10/2009 de 06 de Mayo de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 06 de Mayo de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LECUMBERRI MARTI, ENRIQUE

Nº de recurso: 10/2009

Núm. Cendoj: 28079130042011100261

Núm. Ecli: ES:TS:2011:2662

Resumen
Impugnación del Real Decreto 1837/2008, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.- Inexistente cambio de las denominaciones de las profesiones reguladas.-  Sentencias anteriores sobre el mismo tema. -Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto frente al Real Decreto 1837/2008. La Sala declara que se aduce que desde una norma reglamentaria se está cambiando la regulación aplicable a las profesiones tituladas, al permitir el Real Decreto objeto del recurso que distintos profesionales puedan acceder ex novo al ejercicio de determinadas profesiones cuyo ejercicio no les estaba autorizado hasta el momento. Ello supondría la vulneración del art. 36 de la CE, que requiere que el ejercicio de las profesiones tituladas se regule por norma con rango de Ley. Y al respecto, se han de reiterar las respuestas dadas por esta Sala al recurso que contra la misma norma reglamentaria interpuso el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, registrado en esta Sala con el número 5/2009 y resuelto por sentencia desestimatoria de fecha trece de julio de dos mil diez , y al interpuesto por el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, registrado bajo el número 7/2009 y resuelto por sentencia de veintidós de diciembre de dos mil diez . Así las cosas, en virtud del principio de unidad de doctrina, reflejo en suma del de igualdad en la aplicación de la ley, procede llegar ahora a un pronunciamiento de igual sentido desestimatorio que el alcanzado en aquellos procedimientos.

Voces

Colegios profesionales

Obras públicas

Principio de unidad

Nulidad de pleno derecho

Indefensión

Seguridad jurídica

Derecho a la libre circulación

Libre circulación de personas

Actividades profesionales

Mala fe