Sentencia Administrativo ...zo de 2011

Última revisión
08/03/2011

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 4143/2008 de 08 de Marzo de 2011

Tiempo de lectura: 33 min

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 08 de Marzo de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BANDRES SANCHEZ-CRUZAT, JOSE MANUEL

Núm. Cendoj: 28079130032011100102

Núm. Ecli: ES:TS:2011:1213

Resumen:
Se declara no haber luga r a los recursos de casación interpuestos contra Sentencia parcialmente estimatoria de la sección Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, sobre impugnación de comunicación sobre resolución de Convenios sobre carreteras suscritos por las dos Administraciones recurrentes. La Sala declara queresulta más acorde con los principios generales de eficacia y de descentralización que rigen la actuación de las Administraciones Públicas sancionados en el artículo 103 de la Constitución, desde la perspectiva de las prescripciones convencionales examinadas, procurar la intervención de la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control instituida en los Convenios de colaboración suscritos entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de les Illes Balears de 21 de enero de 1998 y de 12 de marzo de 2004, en la Resolución de las controversias surgidas sobre el incumplimiento de los presupuestos de los proyectos y plazos pactados para la licitación de las obras, sobre el incumplimiento de la obligación de licitar las obras contando con la previa supervisión del proyecto por el Ministerio de Fomento, y sobre el incumplimiento consistente en haber licitado y adjudicado obras no contempladas en los Convenios , en cuanto que es inapropiada la aplicación de técnicas de coordinación en el modelo de relaciones interadministrativas de cooperación o de colaboración. En este sentido, como refiere la Sala de instancia, la Comisión Bilateral Mixta debe, en el ejercicio de sus facultades, adoptar aquellas previsiones que se revelen necesarias, adecuadas y proporcionadas para la correcta aplicación, ejecución y desarrollo de los Convenios de colaboración considerados.

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a ocho de Marzo de dos mil once.

VISTOS los recursos de casación registrados bajo el número 4143/2008, interpuestos por el Abogado del Estado y por el Abogado de la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS, contra la sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 22 de enero de 2008, dictada en el recurso contenc...

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