Sentencia Administrativo ...yo de 2011

Última revisión
10/05/2011

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 4059/2010 de 10 de Mayo de 2011

Tiempo de lectura: 23 min

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Mayo de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: CAMPOS SANCHEZ-BORDONA, MANUEL

Núm. Cendoj: 28079130032011100182

Núm. Ecli: ES:TS:2011:2534

Resumen:
DERECHO DE MARCAS.- Las marcas genéricas, no pueden ser objeto de inscripción, por tratarse de signos que se han convertido en habituales.- Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia estimatoria dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre impugnación de acuerdo de concesión de la marca "Guía de l`Oci". La Sala declara que es precisamente la pluralidad de distintivos que incluyen la expresión "Guía de l`Oci" más otros términos, el factor que determina que, cuando la recurrente interesa el registro de la marca ahora debatida, no pueda ser inscrita. Si en el año 1975 pudo aceptarse el registro de la marca "Guía del Ocio" para publicaciones, bien porque entonces no se considerasen sus términos genéricos o descriptivos, bien porque superase este obstáculo a la vista del uso previo del signo, lo cierto es que en la situación del mercado de las publicaciones existente en el año 2008, cuando la recurrente solicita la inscripción de su nueva marca "Guía de l`Oci", esta expresión aislada, por sí sola, no podía ser registrada, pues se trata de un signo que se ha convertido en habitual, dentro del lenguaje común, para designar un determinado producto en el sector de la edición de periódicos o revistas, en cuanto "guía" que informa al público de las actividades de ocio a su disposición. Al igual que expresiones similares ("gaceta", "diario", "boletín" u otras análogas) con ellas se designa un "género" de publicaciones periódicas que dan conocer datos o noticias a los usuarios.

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Mayo de dos mil once.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 4059/2010 interpuesto por "TAZNIA MEDIA, S.L.", representada por el Procurador D. Carlos Piñeira de Campos, contra la sentencia dictada con fecha 22 de abril d...

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