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Sentencia Administrativo Tribunal Militar Central, Sección 61, Rec 9/2006 de 22 de Septiembre de 2008
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 22 de Septiembre de 2008
Tribunal: Tribunal Militar Central
Ponente: XIOL RIOS, JUAN ANTONIO
Núm. Cendoj: 28079160612008100006
Resumen:
Se desestima la demanda presentada en solicitud de que se reconozca error judicial. La Sala declara que la demanda de error judicial tiene carácter sustantivo y autónomo frente a la resolución judicial con respecto a la cual se solicita su declaración, y el proceso de reconocimiento del error se asimila al que se inicia mediante una demanda de revisión de una sentencia firme, lo que lleva consigo que el plazo para su interposición no es un plazo procesal, sino un plazo sustantivo de caducidad del derecho, que debe computarse por días naturales sin descontar los días inhábiles, por lo que siendo indubitado que en el caso examinado la demanda se presentó fuera del plazo legal de tres meses, al contar como inhábil el mes de agosto, es claro que había caducado la acción en el momento de interponer la demanda, lo que obliga a su desestimación.
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintidós de Septiembre de dos mil ocho.
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