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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 7686/1997 de 04 de Julio de 2003
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Legislación
Orden: Administrativo
Fecha: 04 de Julio de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: CANCER LALANNE, ENRIQUE
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079130072003100328
Núm. Ecli: ES:TS:2003:4677
Resumen
El TS estima la impugnación por indebidas planteada por la Abogacía del Estado, y se declara que la minuta del Letrado debe ser rebajada, por el contrario ha de ser rechazada la impugnación por excesivas. Manifiesta la Sala que se considera acertada la postura de la representación estatal, de que conforme al artículo 31.32 Lec, en la versión de la Ley 1/2000, vigente a la fecha de la impugnación, para la personación en la casación, no es necesaria la firma de Letrado. Por lo que tratándose de un trámite superfluo, resulta indebido y debe ser excluido de la tasación,
Voces
Jurisdicción contencioso-administrativa
Minuta
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a cuatro de Julio de dos mil tres.
Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores anotados al margen, …
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